En cuanto a la defensa personal de cada persona, en muchos lugares del mundo se recomienda conocer ejercicios básicos que impliquen el uso de un arma de fuego; de esta manera, el individuo cuenta con un respaldo extra en su integridad y la de su familia. No obstante, portar un arma requiere de una enorme responsabilidad respaldada con los documentos necesarios para ello; es por esto que aquí en Trámites Centroamérica te invitamos a conocer sobre los requisitos para portación de armas en Puerto Rico.
En este artículo, te informarás sobre qué es una licencia de portación de armas y cuáles son los requisitos y documentos necesarios para obtenerla. Además, aprenderás un poco más sobre cuáles son los requisitos para solicitar permiso de tiro al blanco y para la petición de armas en cuestión.
TABLA DE CONTENIDO
- 1 ¿Qué es una Licencia de Portación de Armas en Puerto Rico?
- 2 ¿Cuáles son los requisitos para adquirir una Licencia para Portar Armas en Puerto Rico?
- 3 ¿Qué documentación debe presentar?
- 4 ¿Cuáles son los requisitos para solicitar permiso de tiro al blanco?
- 5 ¿Cuáles son los requisitos para la Petición de Armas?
- 6 ¿Qué es y de qué función cumple CODEPOLA?
- 7 ¿Con qué finalidad creó el Senado de Puerto Rico una nueva Ley de Armas?
¿Qué es una Licencia de Portación de Armas en Puerto Rico?
La Licencia de Portación de Armas se conoce como un permiso otorgado para el uso de armas en Puerto Rico; todo ello basado en la conocida Ley de Armas, la cual es conocida oficialmente como la Ley Número 404. Durante el procedimiento para poder portar armas, debe contarse previamente con la licencia de tiro al blanco y la licencia de armas.
Cada uno de dichos trámites cuenta con procedimientos y requisitos diferentes; de hecho, mientras que los permisos de tiro al blanco y licencia de armas se llevan a cano en las comandancias de la policía, la licencia de portación de armas debe realizarse ante el Tribunal de Primera Instancia.
Cabe mencionar que, una de las primeras justificaciones con respecto a la portación de armas se encuentra relacionada con la inseguridad que sufre el solicitante en cuestión; por lo tanto, el mismo se ve forzado a portar un arma de fuego para su propia defensa. Dicha inseguridad pudiese ser generada por actividades vinculadas al trabajo o situaciones que han puesto en peligro la integridad de una persona como la de sus familiares.
La Licencia de Portación de Armas en Puerto Rico debe actualizarse cada seis (6) años para que la misma se mantenga vigente.
¿Cuáles son los requisitos para adquirir una Licencia para Portar Armas en Puerto Rico?
Para obtener la Licencia de Porte de Armas en Puerto Rico, es necesario cumplir con las siguientes condiciones y requisitos:
- Tener la ciudadanía estadounidense.
- Haber cumplido los 21 años de edad.
- No tener ningún tipo de incapacidad mental.
- No formar parte de grupos de izquierda.
- Contar con un historial limpio de actos de violencia.
- No tener evidencia alguna de ser un bebedor regular de bebidas alcohólicas.
- En caso de haber pertenecido previamente a grupos de control del orden público o de las FFAA; el retiro de armas debe haber sido de manera honrosa.
¿Qué documentación debe presentar?
Por otro lado, con respecto a la documentación necesaria, se debe presentar la que se menciona a continuación:

- Llenar el Formulario PPR329 de Solicitud para la Licencia de Armas. El mismo debe presentarse en duplicado y sometido en la comandancia de policía que corresponda dependiendo del domicilio del solicitante o, por otro lado, dirigirse al Cuartel General en la División para el registro de Armas. Para obtener este formulario, puedes hacer clic aquí.
- Dos (2) fotografías recientes del solicitante. Las mismas deben ser en tamaño 2 x 2 cm, además de que el rostro no debe estar obstaculizado con ningún objeto que dificulte su reconocimiento como lentes, sombreros o gorras.
- Huellas dactilares.
- Certificación de AMUSE o Administración para el Sustento de Menores.
- Documento en donde se comprueben las rentas internas de $100.000.
- Declaración jurada de tres (3) personas no familiares del solicitante en donde den fe sobre la reputación del mismo; además de su actitud emocional con rasgos de antiviolencia que lo hagan apto para el porte de armas.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar permiso de tiro al blanco?
En este caso, para obtener el permiso de tiro al blanco se requiere de lo siguiente:

- Documento de comprobación de rentas internas de $25.00.
- Contar con el sello definitivo de Asociación de Tiro oficialmente reconocido ante el Comité Olímpico de la isla de Puerto Rico.
- Documento de Certificación de un Club de Tiro al Blanco, el cual debe estar oficialmente reconocido por el Departamento de Recreación y Deportes; en donde debe constatarse que es parte del mismo.
¿Cuáles son los requisitos para la Petición de Armas?
La petición de porte de armas se lleva a cabo una vez que se ha obtenido la licencia de armas y de tiro al blanco. Para llevar a cabo este trámite, es necesario cumplir con los requisitos que se mencionan a continuación:

- Certificación Médica según el Formulario PPR758.
- Certificado negativo de Antecedentes Penales; el mismo debe encontrarse recientemente emitido.
- Constancia de Empleo; en su defecto, se puede presentar la Patente Municipal.
- Original de la Certificación Negativa de Pensión Alimenticia o Constancia de ASUME; la misma debe tener una emisión de menos de 30 días.
- Certificación sobre el manejo y uso de las armas de fuego.
- Dos (2) fotografías a color tomadas de frente al solicitante.
- Documento de comprobación de rentas internas de $250.
- Sellos de rentas internas por $33.
¿Qué es y de qué función cumple CODEPOLA?
La Corporación para la Defensa del Poseedor de Licencia de Armas (CODEPOLA) en Puerto Rico, es un grupo de especialistas en la Ley 404; el cual brinda protección legal o defensa a aquellas personas que poseen de manera oficial la licencia de armas.
Cabe mencionar que, es posible que durante el ejercicio de posesión de armas se presenten situaciones de carácter legal; en las cuales será necesaria la asesoría, el apoyo o la guía de abogados que, entre muchas otras aristas del derecho, han profundizado en la Ley de Armas o Ley 404.
Una de las ventajas principales de afiliado a CODEPOLA, es el contar con la protección legal mientras tu licencia de armas se encuentre vigente. La cobertura del servicio comprende los incidentes que se presenten en cualquier lugar en donde sea necesaria la asistencia legal que se encuentre vinculada a las armas.
Por otro lado, la prestación de los servicios se encuentra asociada a una cuota mensual de $20.00; lo cual es realmente un bajo costo al comparar los honorarios legales que cobrarán en caso de que se presente algún incidente en particular. Esto podría parecer un seguro, pero la realidad es que no es así, mas bien es una representación o servicio legal y privado que adquieres mientras la licencia de porte de armas se encuentre al día.
Cabe mencionar que, esta representación legal se considera como muy oportunidad para los guardias de seguridad, policías retirados, detectives privados e incluso comerciantes. También resulta útil para ciudadanos que hubiesen ocupado algún cargo público como los ex alguaciles, ex alcaldes, ex jueces, entre otros.
¿Con qué finalidad creó el Senado de Puerto Rico una nueva Ley de Armas?
Finalizando el año 2018, ha sido aprobado el Proyecto del Senado 1050 por el Senado de Puerto Rico; todo ello con la finalidad de crear así una nueva Ley de Armas. Entre las características de esta nueva ley, se encuentra que el procedimiento para obtener la licencia de armas será de una manera más sencilla y rápida; además de también los costos implícitos en la misma.
Entre las opiniones que formaron parte del debate entre las distintas autoridades, fue la exposición de uno de ellos sobre el derecho de la ciudadanía de poder portar armas; indicando que la misma no representa una incitación a la violencia, sino que, al contrario, son los criminales violentos quienes obtienen las armas sin ningún tipo de control policial o restricción.
En relación a los requisitos, los mismos seguirán solicitándose algunos de los que ya se exigen; además de que será eliminada la presentación de la declaración jurada de tres (3) personas no familiares y también el trámite de petición de la licencia para la portación de armas ante el tribunal. Adicionalmente, se establecerá un límite de 10 días para la emisión o denegación de la licencia de portación; por lo que, al caducar este lapso, se otorgará la licencia automáticamente.
Esta nueva medida se basa en la desactualización de la antigua Ley 404-2000 con la situación que se vive actualmente en la isla; así como la jurisprudencia y las leyes federales a ser aplicadas. Por otro lado, entre estas situaciones se comentó el hecho de que el número de policías ha bajado de manera muy rápida, lo cual ha hecho que los actos delictivos se incrementen; dejando a la comunidad sumida en un grave nivel de inseguridad.
En conclusión, podemos asegurarte que tomando en cuenta los puntos aquí indicados, podrás informarte adecuadamente sobre los requisitos para la portación de armas en Puerto Rico. Además, te invitamos a hacer clic aquí para conocer más artículos relacionados a procedimientos que normalmente se realizan en Centroamérica; entre los cuales, puede que existan algunos que podrían serte de gran utilidad.
Esperamos que este artículo te haya resultado de bastante utilidad; muchas gracias por leernos. ¡Feliz día!