Actualmente y desde hace mucho tiempo, ha existido la problemática con respecto a conseguir una vivienda digna que se ajuste al presupuesto, sobre todo para aquellos con problemas monetarios. Es por esto que aquí en Trámites Centroamérica te invitamos a conocer sobre los requisitos para el Plan 8.
En este artículo, te informarás un poco más acerca de cuál es la función del Plan 8 en Puerto Rico y cuáles son los requisitos necesarios para la solicitud. Además, aprenderás sobre cómo se debe solicitar una vivienda con el Plan 8 y lo que se debe de tener en cuenta para calificar.
TABLA DE CONTENIDO
¿Cuál es la función del Plan 8 en Puerto Rico?
Se conoce al Programa Sección 8 como parte de las organizaciones legales de vivienda de los Estados Unidos iniciada a partir del año 1937, siendo un año en que se aprobó el programa dentro de la Ley de Vivienda. Dicho programa también se conoce en algunas zonas como Plan 8 y Plan Número 8; debido a las diferentes reformas que dispone las leyes del gabinete de vivienda dentro del territorio nacional.
Cabe mencionar que, la idea principal al crear este programa se debió a las grandes dificultades que se presentaban en aquel tiempo a las personas que se encontraban alquiladas o sin vivienda alguna. Consecuentemente a ello, se creó entonces el Programa Sección 8, para de esta manera afrontar la carencia de viviendas para las familias más necesitadas.
A lo largo del tiempo, este programa ha ido creciendo tanto en su función principal como en los usuarios que se registran; esto debido a las leyes de vivienda que se han modificado en pro de ampliar aún más el programa. Al inicio, dicho programa sólo estaba disponible para los ciudadanos necesitados de vivienda dentro de territorio americano; no obstante, poco a poco se ha admitido y ejecutado la ley a todos aquellos estados asociados al Gobierno de los Estados Unidos.
El Programa Sección 8 cuenta con varias funciones dentro del sistema de leyes de vivienda en el país; entre las cuales se indican las que se mencionan a continuación:

- Todo ciudadano que se inscriba al programa, cumpla con todos los requisitos y realice todas las gestiones legales, podrá elegir la vivienda que necesite o solicita.
- Es opción de ayuda económica para aquellas personas que no tienen o no pueden acceder a pagar un alquiler de una vivienda.
- La familia o particular beneficiado que solicite el programa para pagar el alquiler, recibe una parte o todo el monto a cancelar.
- El Gobierno Federal del país se encarga de pagar los alquileres que se encuentran atrasados; esto en caso de que el solicitante cumpla con los documentos necesarios.
- Las administraciones de la vivienda se llevan a cabo por empresas de estatus privados enlazadas al gobierno federal.
- Se realiza un contrato asociado por la entidad que entrega la vivienda y el beneficiario.
- En casos de los alquileres, también se firma un contrato entre el dueño de la vivienda y el ciudadano o familia alquilada.
- En caso de que el ciudadano no cuente con los requisitos necesarios que solicita el arrendador para firmar un contrato; deberá encontrar una vivienda en un plazo determinado por el programa sectorial Sección 8.
¿Cuáles son los requisitos para la Sección 8?
Para registrarse en la Sección 8, es necesario cumplir con una serie de requisitos solicitados por la misma Ley de Vivienda; los cuales se mencionan a continuación:

- Tener la ciudadanía estadounidense o ser ciudadano de alguno de sus estados asociados.
- Ingresos familiares no superiores al 50% de la comunidad o condado en donde habiten.
- Constancia o comprobante en donde se señale cada uno de los ingresos económicos que dispone cada particular del grupo familiar.
- Cédula de identidad de cada familia.
- Recibos de pago de algún servicio doméstico, como agua, luz, gas, entre otros.
- Según el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE.UU (HUD), los ciudadanos o familias que requieran la Sección 8 no deben superar los USD 5.000 o 6.000 al mes y en inversiones.
- Completar los formularios solicitados por la HUD.
¿Cómo se debe solicitar una vivienda con el Plan 8?
La solicitud de una vivienda en el Plan 8 no suele ser muy complicado para los usuarios; no obstante, al ser muchas solicitudes en distintos condados, no es de extrañarse que algunas suelan tardar convirtiéndose en un trámite largo.
No obstante, para poder llevar a cabo el trámite, es necesario que recurras personalmente ante las oficinas que dispone la PHA; para conocer la ubicación de cada una de las oficinas a nivel estatal, puedes hacer clic en el siguiente enlace.
Una vez que, como solicitante, te hayas dirigido a la oficina de la PHA, entonces iniciará el procedimiento de solicitud. Cabe mencionar que, dichas solicitudes se llevan a cabo de manera presencial ante las oficinas, actualmente no existe otro método.
Lo que se debe de tener en cuenta para calificar en la Sección 8
En caso de que aún tengas dudas al respecto con respecto a tu solicitud, te mencionamos a continuación las siguientes recomendaciones para así tener éxito en la misma:
- Los formularios se encuentran escritos en inglés, por lo que es necesario que cuentes con algo de comprensión del idioma en cuestión.
- Puedes llamar telefónicamente a la oficina de la PHA a la que te dirigirás para así obtener más información.
- Es recomendable contar con los comprobantes de ingresos económicos.
¿Quiénes pueden solicitar este Plan 8?
Entre las personas que pueden solicitar este programa, destacan los que se mencionan a continuación:

- Mayores de edad de 21 años o personas emancipadas.
- Familias; ya sea de una sola persona o a un grupo de personas que convivan sin tener ningún tipo de relación genética entre sí.
- Personas de bajos ingresos. De hecho, para ser elegible, es necesario que el 75% de los solicitantes tengan un ingreso extremadamente bajo. Por otro lado, el resto de los solicitantes pueden provenir de ingresos muy bajos.
- Personas que tengan la residencia legal o ciudadanía americana.
- Ciudadanos que no hayan cometido ciertos delitos; como los implicados con algún crimen violento o relacionado a sustancias controladas.
- Personas que no hayan sido previamente desahuciadas.
¿Cómo se puede perder los beneficios obtenidos del programa Plan 8?
Al no cumplir con el contrato entre las partes implicadas es una razón suficiente para perder estos beneficios. De hecho, algunos ejemplos de incumplimiento son los siguientes:
- Mentir en la solicitud con respecto a los ingresos.
- Cobrar dinero adicional a las personas que alquilan.
- Mentir sobre la composición familiar.
- Que la persona jefa de familia o algún miembro de la misma cometa algún delito violento o relacionado a las drogas u ofensas sexuales.
- Falta de pago.
- No cuidar debidamente de la propiedad.
- Dejarle la casa a otra persona.
¿Cuáles son los deberes de la Administración de Vivienda Pública?
Entre los deberes de la Administración de Vivienda Pública se destacan los siguientes:

- Contar con las unidades de vivienda elegibles para el Programa de Sección 8 debidamente identificadas; todas ellas en áreas con poca concentración de pobreza.
- Mantener comunicación entre los participantes, las personas que alquilan o arriendan, las comunidades y otras agencias para así facilitar dicho servicio.
- Garantizar la implementación de una política en donde no se discrimine en todos los procesos relacionados a viviendas subsidiadas con fondos federales. Por supuesto, esto incluye prohibir la discriminación por raza, sexo, condición social, religión, edad, orientación sexual, identidad de género o por haber sido víctima o sobreviviente de violencia doméstica.
En conclusión, podemos asegurarte que tomando en cuenta los puntos aquí indicados, podrás informarte adecuadamente sobre los requisitos para el Plan 8. Además, te invitamos a hacer clic aquí para conocer más artículos relacionados a procedimientos que normalmente se realizan en Centroamérica; entre los cuales, puede que existan algunos que podrían serte de gran utilidad.
Esperamos que este artículo te haya resultado de bastante utilidad; muchas gracias por leernos. ¡Feliz día!