Formulario 482: Pasos para llenar el Formulario, para qué sirve y más

Estar al día con la declaración de impuestos es un asunto importante tanto en Puerto Rico como en casi todos los países del mundo, por lo que es esencial contar con los documentos necesarios para ello. Es por esto que aquí en Trámites Centroamérica te invitamos a conocer sobre el Formulario 482.

En este artículo, te informarás sobre qué es el Formulario 482, para qué sirve y cuáles son los pasos para llenarlo. Además, aprenderás un poco más sobre dónde debe consignarse y quién debe hacerlo.

¿Cuáles son los pasos para llenar el Formulario 482?

Al igual como se muestra en un modelo de ejemplo del Formulario 482, el cual puedes descargar haciendo clic aquí; este documento consta de diversas partes a llenar. En el mismo deberás escribir o seleccionar la información solicitada tal y como se explican en los siguientes apartados.

Datos Personales

  1. Primero, escribe tu Número de Seguro Social de Contribuyente.
  2. Luego, coloca tu nombre completo, fecha de nacimiento, dirección y código postal.
  3. Seguidamente, llena el óvalo referente a tu sexo indicando si es masculino o femenino.
  4. En caso de existir matrimonio, debes incluir los datos personales de tu cónyuge.
  5. Posteriormente, indicar tu correo electrónico.
  6. Finalmente, escribe tu número telefónico residencial y el del trabajo.

Datas de Circunstancias Especiales

En casos particulares, deberás rellenar el óvalo correspondiente en caso de aplicar la circunstancia especial señalando la información en particular:

Cuáles son los pasos para llenar el Formulario 482

  • Señala si has cambiado de dirección.
  • Indica si has solicitado prórroga para rendir el formulario.
  • Selecciona la opción de Planilla enmendada en caso de haber hecho una rectificación por error u omisión.
  • Señala si el contribuyente o su cónyuge falleció, escribiendo en este caso la fecha de defunción.
  • Indica la opción de Cónyuge supérstite en caso de rendir dos (2) planillas.
  • Señala si tú o tu cónyuge mantienen contacto con alguna entidad del gobierno.

En caso de que el contribuyente haya fallecido, estaba casado y mantenía el mismo domicilio que su cónyuge, se deberán rendir dos (2) planillas. En la primera se deberá seleccionar Contribuyente fallecido, mientras que en la segunda se marca la opción de Cónyuge Supérstite con el número de Seguro Social y la fecha de defunción.

Preguntas

En este apartado, deberás leer detenidamente cada pregunta y seguidamente hacer lo siguiente:

  • Selecciona los óvalos correspondientes para responder las preguntas desde la A hasta la I.
  • Marca el óvalo en tu Fuente de Mayor Ingreso.
  • Luego, llena el óvalo dependiendo de tu estado personal al momento de hacer la declaración.
  • Finalmente, indica tu ocupación y la de tu cónyuge.

Reintegro y Pago

Para conocer el monto pagado en exceso o la cantidad no pagada, deberás trasladarte a la página 2 del formulario:

  • Si la cantidad resultante en la línea 29 del encasillado 3 es mayor al total de las líneas 28 y 30; entonces el monto de la línea 31 deberás anotarlo en la línea 1 de Reintegro.
  • Si la cantidad resultante en la línea 29 del encasillado 3 es menor a la suma de la línea 28 y 30; entonces en la cifra de la línea 31 deberás anotarla en la línea 2 correspondiente a Pago.
  • En las líneas A, B, C y D de reintegro, deberás indicar la distribución de sobrepago dependiendo de tu elección.
  • En las líneas 3 y 4 de Pago, deberás señalar la modalidad de pago con sus respectivos montos.

Depósito

En caso de existir un reintegro, tienes la posibilidad de autorizar a Hacienda a realizarte un depósito indicando lo siguiente:

  • Número de cuenta.
  • Tipo de cuenta.
  • Número de ruta de tu cuenta.
  • Nombre completo tal cual como aparece en el banco.
  • En caso de matrimonio, deberás incluir el nombre de tu cónyuge y la cuenta debe encontrarse a nombre de ambos.

Encasillado

Este apartado se encuentra en la segunda página del formulario, en la cual deberás indicar la siguiente información:

  • Encasillado 1: allí ingresa los montos de sueldos, concesiones o comisiones, el desglose de otro ingreso o pérdida; así como el total de los ingresos, la pensión relativa al divorcio y el Ingreso Bruto Ajustado.
  • Encasillado 2: en donde deberás indicar las exenciones, deducciones y el ingreso neto que se encuentra sujeto a contribución.
  • Encasillado 3: en donde realizas el cómputo de la contribución y totalizas los créditos, la contribución pagada o retenida.

Anejos

En total son unos 23 tipos de anejos, los cuales muchos de ellos contienen diversas partes. Para llenarlos de manera correcta deberás hacer lo siguiente:

  • Indicar tu nombre y número de Seguro Social en cada anejo.
  • Llenar todos y cada uno de los campos que te exija el formulario.

Cabe mencionar que, en el Anejo A1, no podrás incluir a tu cónyuge como dependiente debido a que se trata de una declaración con fines contributivos.

¿Qué es y para qué sirve el Formulario 482?

Qué es y para qué sirve el Formulario 482Se conoce al Formulario 482 como un documento en formato de planilla; la cual se usa para consignar la declaración jurada de la Contribución sobre los Ingresos del Individuo ante el Departamento de Hacienda del Gobierno de Puerto Rico.

Este documento básicamente es un mecanismo para que lleves a cabo tu declaración de contribución de Ingresos como Individuo ante el organismo competente de Puerto Rico. En pocas palabras, entregar este documento ante el Departamento de Hacienda se considera como obligatorio para muchas personas.

¿Dónde consignar el Formulario 482?

Este documento debe ser consignado ante el Departamento de Hacienda de Puerto Rico; debido a que se trata de la institución encargada de administrar las políticas públicas correspondientes a las actividades financieras y contributivas en todo el país.

¿Quién debe consignar el Formulario 482 en Puerto Rico?

Actualmente en Puerto Rico, el Formulario 482 es obligatorio para los siguientes ciudadanos:

Quién debe consignar el Formulario 482 en Puerto Rico

  • Todo aquel contribuyente casado o individual que resida en Puerto Rico cuyo ingreso será superior a cero.
  • Todo aquel contribuyente casado que elija declarar con planillas separadas cuyo ingreso bruto sea mayor a cero.
  • Contribuyentes extranjeros casados o individuales que no residan en Puerto Rico, cuyo ingreso bruto mayor a cero.
  • Toda persona que anualmente cuente con un ingreso neto desde $25.000.

¿Cuáles son las formas de entregar el Formulario 482?

Este documento debe prepararse y rendirse ante el Departamento de Hacienda sólo mediante los siguientes medios electrónicos:

  • Programas certificados directamente por el departamento, a los cuales puedes acceder haciendo clic aquí. El mismo no tendrá costo hasta agotarse las planillas gratis, para posteriormente seguir disponibles bajo el costo impuesto por el proveedor.
  • Sistema Unificado de Rentas Internas (SURI), el cual ofrece un proceso gratuito permanentemente. Para ello puedes hacer clic aquí.

En conclusión, podemos asegurarte que tomando en cuenta los puntos aquí indicados, podrás tramitar y completar de manera segura y sencilla el Formulario 482. Además, te invitamos a hacer clic aquí para conocer más artículos relacionados a procedimientos que normalmente se realizan en Centroamérica; entre los cuales, puede que existan algunos que podrían serte de gran utilidad.

Esperamos que este artículo te haya resultado de bastante utilidad; muchas gracias por leernos. ¡Feliz día!