Actualmente en República Dominicana, los contribuyentes deben llevar a cabo la declaración de las operaciones generadas de las obligaciones de impuestos; todo ello de manera específica y oportuna de la mano con lo estipulado en la Ley de Tributos. Es por ello que aquí en Trámites Centroamérica te invitamos a conocer sobre el Formulario 623.
A continuación, te informarás un poco más acerca de para qué se utiliza el Formulario 623 y cuáles son los pasos para llenarlo. Además, aprenderás sobre cómo corregir los errores en el formulario.
TABLA DE CONTENIDO
¿Para qué se utiliza el Formulario 623?
Se conoce al Formulario 623 o Formato de Retenciones del Estado 623 como parte de un conjunto de Formatos de Envío; los cuales han sido creados por la DGII para enviar los datos correspondientes a las operaciones que son objeto de obligaciones tributarias. En este caso, con este documento se registran las retenciones llevadas a cabo por el Estado y cualquiera de sus dependencias; las cuales son originadas por los pagos que se encuentran asociados con la adquisición de bienes y servicios.
Dichas retenciones se utilizan como crédito del Impuesto Sobre la Renta o ISR al momento de presentar la declaración del impuesto; lo cual corresponde hacer a cada contribuyente en caso a sus ingresos dentro de un periodo de tiempo determinado.
En pocas palabras, el contribuyente que provee los bienes o presta el servicio al Estado o sus dependencias; es a quien corresponde remitir el Formulario 623. Por otro lado, el agente de retención, en este caso representado en el Estado o sus dependencias, es quien tiene la obligación de presentar ante la DGII las retenciones que lleva a cabo.
La utilidad de este documento se presenta cuando se presta servicios o se provee de algún bien al Estado o sus dependencias y se encuentre cumpliendo con la ley; además de realizar las retenciones dependiendo de lo que se dictamine en la misma. Dicha retención es posteriormente informada a la DGII por el agente de retención; como también por el contribuyente que prestó el servicio.
El Formulario 623 cuenta con una frecuencia anual; lo cual significa que se remite previamente al envío de la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta en los Formularios IR-2 o IR-1; dependiendo de lo que corresponda.
¿Cuáles son los pasos para llenar el Formulario 623?
Primeramente, debes llevar a cabo la descarga del Formulario 623 en tu computador; para ello, debes tomar en cuenta los pasos que se mencionan a continuación:
Primero, ingresa en la página oficial que ofrece la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) haciendo clic en el siguiente enlace.- Una vez allí, ubica la sección de Servicios, luego haz clic en Formularios, selecciona la opción de Formatos de envío de datos, haz clic en Formato remisión de archivos y escoge la opción denominada como Formato Envío Retenciones del Estado (623).
- De manera automática, tendrás la opción para abrir los archivos comprimidos; por lo que debes proceder a hacer clic en Aceptar y esperar a que descargue la carpeta.
- Posteriormente, selecciona la herramienta en Excel, y habilita los macros acordes con la versión de hoja de cálculo que tengas instalado.
Habiendo descargado satisfactoriamente el formulario, procede a hacer clic en Inicio para comenzar a llenarlo:
- Primero, coloca el número de RNC o cédula de identidad.
- Luego, indica la fecha de la declaración correspondiente.
- Habiendo hecho esto, selecciona del menú propuesto la fecha de cierre del ejercicio en cuestión.
- Seguidamente, ingresa el número total de tus registros y el monto total de las retenciones.
Terminado el primer apartado, debes proceder a llenar las columnas de detalles; para ello, es necesario que transcribas la información desde los comprobantes fiscales respectivos, como son los siguientes:
- RNC de la dependencia del Estado que lleva a cabo la retención.
- Año de la declaración.
- Fecha en la cual se realizó la retención.
- Valor en monto de cada una de las retenciones.
- Número, tipo de referencia y nombre de la entidad financiera.
Finalmente, deberás llevar a cabo la validación y posteriormente generar el archivo de texto.
¿Cómo podemos corregir los errores en el Formulario 623?
Es importante mencionar que los formatos de envíos deben remitirse sin errores; por lo tanto, para evitarlo existen dos (2) ocasiones o alternativas para llevar a cabo la corrección:
- Habiendo completado el formulario en Excel, debes pulsar sobre la opción de Validar.
De esta manera, se muestra en el campo el total de errores; así, ubicas el campo errado y procedes a corregirlo para volver a hacer clic en Validar para que la información en cuestión de actualice. Dicha validación puede realizarse tantas veces como sea necesario hasta que ya no existan errores. Seguidamente, continúas con la generación del archivo de texto que remitirás al DGII.
- Previo a la remisión del archivo de texto mediante la Oficina Virtual; se puede utilizar el aplicativo para la Pre-validación del Formato.

Lo anteriormente mencionado cosiste en un programa, el cual debes descargar e instalar en tu computador; allí, adjuntas el archivo de texto y te mostrará automáticamente los errores presentes. En caso de haberlos, se corrige la plantilla Excel y se vuelven a llevar a cabo los pasos para general el archivo de texto a ser enviado.
Formulario 623: Preguntas Frecuentes
Para finalizar, hemos recopilado para ti una serie de preguntas más frecuentes con respecto al Formulario 623; de esta manera, sabrás un poco más acerca de este tema:
- ¿A dónde tengo que acudir para rectificar las retenciones?
Para ello, debes dirigirte al Centro de Asistencia al Contribuyente ubicado en la sede central de la ciudad.
- ¿Existe un tiempo límite para la rectificación?
La respuesta es NO, ya que podrás hacerla en el momento en que así lo amerite.
- ¿Cuándo se debe entregar este formulario de manera online?
El Estado lleva a cabo una programación de manera anual; para que de esta manera cada contribuyente pueda validar su formato de retención. Por lo tanto, te recomendamos que lo realices dentro del lapso pautado para ello.
- ¿El lapso de tiempo es el mismo para la persona jurídica como para la física?
La respuesta es NO, ya que la persona física contará con 90 días para su declaración, mientras que la jurídica dependerá del emisor.
- ¿En este formato es posible colocar las retenciones realizadas por empresas privadas?
La respuesta es NO, ya que este formulario es solamente para las retenciones hechas por entes gubernamentales.
Para concluir, te podemos asegurar que tomando en cuenta las indicaciones aquí presentadas podrás conocer acerca del Formulario 623. Además, te invitamos a hacer clic aquí para acceder a más artículos relacionados a trámites en Centroamérica; los cuales podrían serte de bastante utilidad en cuanto lo necesites.
Esperamos que este artículo te haya resultado de bastante utilidad; muchas gracias por leernos. ¡Feliz día!